
EN LA CIUDAD DE PEEKSKILL EN RESPUESTA AL BROTE DE COVID-19
(CORONAVIRUS), VIRUS QUE AMENAZA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS CIUDADANOS DE LA CIUDAD DE PEEKSKILL, POR CUANTO, el 21 de marzo de 2020, a las 21:00 horas, se ha declarado el Estado de Emergencia en la Ciudad de Peekskill debido a la rápida propagación del COVID-19, Coronavirus, un virus que amenaza la seguridad pública de los ciudadanos de la Ciudad de Peekskill. Este Estado de Emergencia ha sido declarado por el Administrador Municipal de la Ciudad de Peekskill bajo la autoridad que se me otorgó bajo la Ley Ejecutiva del Estado de Nueva York, Artículo 2B, para preservar la seguridad pública y por la presente hacer que toda la asistencia requerida y disponible sea vital para la seguridad. bienestar y salud de los ciudadanos de este municipio. Este estado de emergencia se ha prorrogado el 20 de abril de 2020, 20 de mayo de 2020, 20 de junio de 2020, 20 de julio de 2020, 20 de agosto de 2020, 20 de septiembre de 2020, 20 de octubre de 2020, 20 de noviembre de 2020 y 20 de diciembre, 2020.
AHORA, POR LO TANTO, SE ORDENA Y SE RENUEVA LA DECLARACIÓN, que yo, Andrew Y. Stewart, Administrador Municipal de la Ciudad de Peekskill, de conformidad con la Proclamación del Estado de Emergencia ejecutada el 21 de marzo de 2020 a las 9:00 pm, y prorrogado el 20 de abril de 2020, 20 de mayo de 2020, 20 de junio de 2020, 20 de julio de 2020, 20 de agosto de 2020, 20 de septiembre de 2020, 20 de octubre de 2020, 20 de noviembre de 2020 y 20 de diciembre de 2020 por la presente declaramos
que la Sección 505-63.3 (C) será enmendada para permitir calentadores al aire libre en un café accesorio en la acera debidamente autorizado permitido bajo el Artículo XIIA del Código de la Ciudad de Peekskill.
Todos los calentadores portátiles para exteriores deben ser U.L. listados y aprobados para uso en exteriores; deben instalarse y mantenerse según las especificaciones del fabricante; deben tener un interruptor de vuelco; debe protegerse contra el contacto. Los calentadores portátiles de gas para exteriores no deben exceder las 20 libras de combustible; no debe almacenarse en interiores independientemente de su tamaño; no debe colocarse dentro de ninguna carpa, marquesina u otra estructura de membrana o en un balcón exterior; no debe ubicarse a menos de 5 pies de distancia de cualquier edificio, decoración, toldos voladizos, parasoles o materiales combustibles similares; no debe ubicarse a menos de 5 pies de salidas o descargas de salida.
Los calentadores de espacio eléctricos portátiles para exteriores deben enchufarse directamente a un receptáculo exterior que sea un tomacorriente exterior GFCI; no se debe usar con cables de extensión, adaptadores de enchufes múltiples o regletas de enchufes; no debe colocarse dentro de carpas, marquesinas u otras estructuras de membrana ni colocarse en un balcón exterior; no debe ubicarse a menos de 5 pies de distancia de ningún edificio, decoración, voladizos, toldos, parasoles o materiales combustibles similares; no debe ubicarse a menos de 5 pies de salidas o descargas de salida.
ADEMÁS, SE ORDENA Y SE DECLARA que las Regulaciones de Taxis de la Ciudad de Peekskill serán enmendadas para permitir el aplazamiento de ciertos pagos al renovar y solicitar todas las licencias y registros requeridos de vehículos taxis. La Ciudad de Peekskill aún requiere que todas las licencias y registros se realicen de manera oportuna, y exige que se requieran todos los requisitos para operar legalmente un taxi en la Ciudad de Peekskill, sin embargo, todas las tarifas se pagan directamente a la Ciudad de conformidad con la Sección 283-15 de Las regulaciones de taxis de la ciudad de Peekskill por la presente se aplazarán hasta el 31 de marzo de 2021. No se aplazará ninguna tarifa requerida para cumplir con todos los requisitos de la licencia (es decir, autorización médica, resultados negativos de pruebas de
drogas, inspección del vehículo).
Cualquier renovación de licencia de taxi requerida entre noviembre de 2020 y marzo de 2021, será necesaria para la renovación oportuna, sin embargo, todas las tarifas pagadas directamente a la Ciudad de conformidad con la Sección 283-15 de las Regulaciones de Taxis de la Ciudad de Peekskill por la presente se diferirán hasta el 31 de marzo, 2021.
ADEMÁS, SE ORDENA Y SE DECLARA que el estado de emergencia local antes citado expirará de conformidad con las Leyes del Estado de Nueva York y, de conformidad con dichas Leyes, podrá ser prorrogado por orden adicional del Administrador de la Ciudad.
Dated: December 23, 2020 Peekskill, New York 10566
Andrew Y. Stewart, City Manager